16/10/2024
Opinión

Cataluña y el Estado

Editorial - 15/01/2016 - Número 17
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La investidura de un Gobierno independentista en Cataluña, así como la formación de la mayoría parlamentaria que lo ha apoyado y el ceremonial con el que ha tomado posesión, se han constituido en piezas esenciales del rompecabezas político que arrojó el resultado electoral del 20 de diciembre. Si Carles Puigdemont es presidente de la Generalitat, se debe, según reconoció su antecesor en el cargo, a que el extravagante acuerdo alcanzado entre Junts pel Sí y la CUP ha corregido el resultado de las urnas. En realidad, es la segunda vez que estos interfieren en la voluntad de los ciudadanos de Cataluña, puesto que ya la misma noche de las elecciones autonómicas proclamaron haber alcanzado una mayoría que las cifras de voto desmentían. Y puede que no sea la última si, como parece, la Generalitat dirigida por Puigdemont convierte la declaración de ruptura del 9 de diciembre en programa de gobierno.

El derrotero emprendido por los independentistas al frente de la Generalitat no lleva, como sostienen, a la sustitución de una legalidad española por otra catalana, sino a una simple actuación por vías de hecho que convierte las instituciones autonómicas, cuya legitimidad deriva de la Constitución de 1978, en algo así como un poder fáctico contra las instituciones estatales, además de contra los ciudadanos de Cataluña opuestos a la secesión. Estos quedan indefensos y privados de sus derechos por un poder que pone su programa político por encima de las leyes y que, incluso, se considera legitimado para corregir una voluntad del pueblo de la que asegura ser simple portavoz si esta no dice en las urnas lo que a él le conviene que diga.

El hecho de que el Ejecutivo central esté en funciones no le priva de base jurídica para actuar contra las eventuales medidas de la Generalitat contrarias al ordenamiento, puesto que la Ley del Gobierno le faculta para actuar en circunstancias excepcionales. La que podría plantear la Generalitat recién constituida es, sin duda, una de esas circunstancias que haría inevitable, en su caso, el recurso al artículo 155 de la Constitución. Los independentistas parecen darlo por descontado, pero interpretándolo según unos tintes épicos que les ayudarían a revertir la actuación del Estado en más apoyo para su programa. Solo que el artículo 155 nada tiene que ver con la imagen que se han forjado los independentistas, puesto que su aplicación no consiste en desmantelar las instituciones autonómicas recurriendo a la escenografía de una ocupación sino en asegurar, mediante disposiciones legales y administrativas, que siguen funcionando de acuerdo con las leyes democráticas.

Tras la constitución de las mesas del Congreso y del Senado, las negociaciones para formar un gobierno central entran en la fase decisiva. Con mayor o menor acierto, las fuerzas más votadas ya han comenzado a dar los primeros pasos para conformar una mayoría estable, algo que no es radicalmente imposible aunque sí difícil.

El Partido Popular tiene la obligación de ser el primero en intentarlo, y, de fracasar, sería el turno del Partido Socialista. Pero este orden no exime de responsabilidades a las dos fuerzas emergentes, puesto que de ellas depende en gran medida que alguna de las dos más votadas pueda articular una mayoría. Hasta ahora el líder de Podemos se ha limitado a exigir condiciones de imposible cumplimiento al candidato socialista, solo que, tras la formación del Gobierno catalán, la alcaldesa de Barcelona le ha roto la estrategia desde sus propias filas. Este movimiento coloca a Podemos y Ciudadanos en el centro de las negociaciones: si, en la línea de diálogo que parece abrir Ada Colau, ambos alcanzan a ponerse de acuerdo sobre una salida al problema territorial, un gobierno de renovación sería posible, encabezado por los socialistas; pero si no lo logran, la nueva convocatoria electoral estaría más cerca.