28/3/2024
Política

Balance de legislatura: la Justicia. Incumplimientos y reformas cosméticas

Hoy la Justicia se entiende como un instrumento de los otros dos poderes del Estado, con la ventaja de que su independencia formal permite delegarle asuntos que los políticos rehúsan

Rodrigo Tena - 06/11/2015 - Número 8
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Balance de legislatura: la Justicia. Incumplimientos y reformas cosméticas
Javier Lizón / EFE
Un balance de legislatura es un estudio comparativo de los hechos favorables y desfavorables acaecidos durante la misma como consecuencia de la acción u omisión de los que ostenten la correspondiente responsabilidad política. Con el fin de lograr la máxima objetividad, resulta imprescindible examinar la desviación entre lo prometido en el programa electoral y lo finalmente ejecutado, sobre todo en el caso de que el partido en el Gobierno disponga de mayoría absoluta. Cuando esa desviación es escasa, la legitimidad de lo realizado se refuerza y solo cabe discutir sus supuestos beneficios. Pero allí donde es radical y, además, ha contado con el rechazo de toda la oposición, entonces es posible presumir que la opinión de la gran mayoría del país se inclina por un juicio final negativo.

Uno de los problemas más serios de la Justicia española, al menos según las encuestas de opinión y el sentir de los expertos, es el de su independencia del poder político. En su programa electoral de 2011, el Partido Popular declaraba su voluntad de mejorar la selección y carrera de los jueces, dotándoles de garantías de objetividad. “Propiciaremos el respeto a su independencia e imparcialidad”, indicaba expresamente. Pues bien, si nos fiamos de los fríos datos, no se puede decir que se haya avanzado mucho al respecto. Según el informe 2014-2015 de la Red Europea de Consejos de Justicia, los jueces españoles son los que más responden en sentido afirmativo —después de los de Albania y Letonia— a la pregunta de si han estado sometidos durante los dos últimos años a alguna presión inadecuada. Lideran la respuesta afirmativa a las preguntas de si los asuntos se asignan de forma no acorde con las reglas de reparto con el fin de influir en su resultado, y a la de si los nombramientos y promociones se hacen con base en criterios distintos a los de capacidad y experiencia (a esta última nada menos que un 83% contesta que sí). Por último, también somos primeros en respuestas afirmativas a la pregunta de si cree que su independencia no ha sido respetada por el órgano de gobierno de los jueces. Parece, en consecuencia, que esa impresión social de que nuestros jueces no son todo lo independientes que deberían es compartida por los propios interesados.

¿A qué se debe este fracaso? Una pista nos la puede proporcionar el destino de una de las propuestas estrella del programa electoral del PP: “Reformar el sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, para que, conforme a la Constitución, 12 de sus 20 miembros sean elegidos entre y por jueces y magistrados de todas las categorías”, y no por el

La impresión social de que los jueces no son tan independientes como deberían es compartida por ellos

Parlamento, como ocurre ahora. En definitiva, volver al sistema anterior a la reforma realizada por el PSOE en 1985, sistema que pese a incrementar los riesgos de corporativismo, al menos parece garantizar una mayor independencia. En cualquier caso, esta reforma nunca se llevó a efecto, sino que se realizó otra en un sentido contrario a través de la LO 4/2013.
 
El nuevo sistema no solo mantiene el nombramiento por el Parlamento, sino que permite que cualquier partido con mayoría de 3/5 en una sola Cámara (el PP la tenía en el Senado) pueda imponer su decisión sin necesidad de llegar a un acuerdo con el resto de las fuerzas políticas. Y ello en contra de su promesa electoral de impulsar “el establecimiento de mayorías parlamentarias cualificadas para la aprobación […] de las normas básicas de funcionamiento de las instituciones del Estado”. 

Además, bajar de 3/5 a la mayoría simple para que el Consejo pueda tomar decisiones de nombramiento dentro de la carrera judicial, permite que el partido mayoritario se lo lleve todo. A ello se sumó la modificación de la estructura interna de funcionamiento que, aparte de depositar en una Comisión Permanente bien controlada el verdadero poder del Consejo, permitió generar sorprendentes compatibilidades entre los consejeros, como el caso de uno nombrado a instancia del PP que seguía ejerciendo de abogado en los tribunales mientras integraba la comisión disciplinaria encargada de sancionar a los jueces. Por último, el interés por influir en la designación de los funcionarios situados en puestos sensibles ha alcanzado también a los secretarios judiciales del Tribunal Supremo, pues tras la reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial se permite su libre designación al margen de cualquier criterio objetivo.

Independencia u obstáculo

Sin duda esta repentina ausencia de preocupación por la independencia judicial tiene explicaciones políticas y personales sobradamente conocidas en las que no procede entrar ahora. Algunos consideran que ha constituido el precio que ha sido necesario pagar por conseguir ciertos objetivos urgentes, como ejemplificó la inicial composición de la sala encargada de enjuiciar el caso Gürtel. Pero no parece que se trate solamente de eso. Responde más bien a una idea de fondo, compartida no solo por el PP, que considera la independencia judicial como obstáculo para el adecuado ejercicio de la acción política, tal como ellos la entienden.

Tomemos como ejemplo la relación del Gobierno con la Fiscalía. “Garantizaremos la independencia del ministerio fiscal”, se indica en el programa. Pese a ello no se ha dudado en utilizarlo para salvaguardar ciertas posiciones de inmunidad que se consideraban relevantes a costa de la aplicación imparcial de las normas, como prueba el tortuoso caso de la imputación de la infanta. Sin embargo, el raro espectáculo de un fiscal actuando como apasionado abogado defensor, hasta llegar al enfrentamiento con el juez instructor, ha perjudicado más la confianza de los ciudadanos en nuestras instituciones que cualquier otro efecto que se hubiera derivado de una actuación más inquisitiva. Tampoco ha contribuido nada la dimisión del fiscal general del Estado sin culminar su mandato, como consecuencia —cabe suponer pese a la débil explicación ofrecida— de las constantes presiones del Gobierno desde el inicio de la legislatura, que culminaron en el desencuentro previo a la querella contra Artur Mas.

Alfonso Guerra nos vaticinó la muerte de Montesquieu, pero el PP se sumó al velatorio desde los primeros instantes. Hoy la Justicia se entiende en España como un mero instrumento de los otros dos poderes del Estado, pero con la ventaja que proporciona su independencia meramente formal, lo que permite delegar en ella la responsabilidad que no interesa políticamente asumir de manera directa. El caso del Tribunal Constitucional resulta a tal fin bastante paradigmático.

Efectivamente, en su programa electoral el PP indicó que dicho órgano “requiere de consenso en torno a su función y respeto a su independencia. Fortaleceremos la independencia […] de sus miembros, mejorando los procedimientos de selección”. Pues bien, ni consenso ni independencia, lo que es coherente con la filosofía indicada, porque entonces no podría cumplir la función instrumental para la que se le desea. El nombramiento como presidente de un exmilitante del PP, tras una audiencia de unos pocos minutos en el Senado al que se ocultó ese dato, y la reciente reforma de la Ley Orgánica realizada en contra de la opinión de todos los partidos de oposición con la finalidad de sancionar la desobediencia de Mas e intentar evitar el coste político de activar el artículo 155 de la Constitución son suficiente prueba de ello.

Reformas cosméticas

Si de la independencia de la Justicia transitamos a su eficacia, el balance es semejante. En vez de afrontar los problemas de saturación y lentitud por la vía adecuada, es decir, por medio de una reforma profunda con su inevitable provisión presupuestaria, se pretendió acudir al atajo, no por formalista menos perturbador, de desincentivar el acceso a la Justicia a través de imponer tasas judiciales de manera indiscriminada o de acortar la duración de la instrucción por la simple vía de fijarle plazos, como ha ocurrido tras la reciente modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Reformas cosméticas —la primera rectificada como consecuencia de la fuerte movilización de los profesionales implicados—que pretenden solucionar los problemas por la fácil vía de meterlos debajo de la alfombra. Ambos casos, además, desequilibran claramente la balanza de la Justicia en beneficio del fuerte. Las tasas, porque al imponer al contratante débil un elevado coste por pleitear, incentivan el abuso en el tráfico jurídico; la fijación de plazos a la instrucción, porque suelen ser los delitos económicos y de corrupción política los que más tiempo de investigación exigen, y la extinción de estos procedimientos beneficia a un tipo muy determinado de delincuente. Es cierto que el PP prometió en su programa promover una nueva LECrim que “agilice la instrucción” y el “rápido enjuiciamiento […] de las conductas relacionadas con la corrupción”, pero el lector imparcial difícilmente podía imaginar que el resultado iba a ser este. No parece muy probable que el actual clamor contra la reforma protagonizado por abogados y asociaciones de jueces y fiscales pueda frenar su entrada en vigor prevista para diciembre. Si es así, aunque la reforma sea derogada en la próxima legislatura, sus efectos serán difícilmente reversibles. 

El problema de fondo es que las reformas procesales efectuadas, tanto en el ámbito civil como penal, no se han incardinado en un plan integral suficientemente dotado ni han venido precedidas del necesario estudio previo sobre las necesidades de la Justicia. Ni la citada reforma de la instrucción ni otras innovaciones exigidas por nuestros compromisos internacionales, como la doble instancia penal, se han acompañado de aumento presupuestario alguno.

El PP ha sido fiel a su promesa de prisión permanente revisable, similar a las de los países más represivos

 
Es interesante a tal fin analizar otra de las medidas estrella del programa: impulsar “una agencia que articule un sistema informático único y permita el conocimiento inmediato en red de los datos judiciales”. A nadie se le escapa que la delegación en nuestras CC.AA. de la competencia en materia de medios materiales ha dado lugar a un mosaico de sistemas informáticos difícilmente compatibles entre sí que ha entorpecido el funcionamiento de nuestro sistema judicial. Pues bien, cuatro años después apenas se ha avanzado en este tema y de la famosa agencia no se ha oído nada. 

El Registro Civil

Sin embargo, sí hubo otro asunto en el que el Ministerio se volcó con más ahínco, pese a que el programa ni lo mencionaba. Se trata del frustrado intento de atribuir la gestión del Registro Civil, con su enorme carga de datos personales, a los registradores de la propiedad y mercantiles. El proyecto no prosperó, no solo por la oposición que suscitó a todos los niveles, incluso dentro del cuerpo afectado, sino también por su enorme complejidad. Realmente, el intento no se entiende si no se tiene en cuenta el nombramiento como director general de los Registros de un registrador que, sintiéndose personalmente apoyado por el presidente del Gobierno, decidió aprovechar su mandato para apuntalar la posición institucional de este cuerpo de funcionarios conforme a sus particulares ideas.
 
Por último, no podemos negar que el PP sí ha sido fiel a algunas de las promesas más destacadas de su programa: ha promulgado al fin una Ley de Jurisdicción Voluntaria y otra de Mediación, cuya necesidad se reclamaba desde hace lustros, y ha instaurado la pena de prisión permanente revisable. Sin embargo, lo cierto es que si analizamos esta última reforma en relación al derecho comparado comprobaremos que se incluye no solo entre los países más represivos en cuanto a la duración mínima de la pena, sino también entre los que más discrecionalidad atribuyen a la hora de revisarla. Por razones de espacio no podemos entrar en el análisis de otras destacadas propuestas, como “revitalizar el Parlamento agilizando los procedimientos de debate”, “promover la mejora de la calidad en la producción normativa” y “recuperar el sentido constitucional del decreto-ley”, pero el lector de AHORA se encuentra lo suficientemente informado como para valorar el resultado por sí solo. En conclusión, el balance final se compadece poco con las ilusiones provocadas por un programa  ordenado bajo el epígrafe “Regeneración política e institucional”. Si el PP resulta nuevamente apoyado por los ciudadanos el próximo 20 de diciembre, su programa de 2011 le sirve casi en su integridad.