26/4/2024
Opinión

Candidatura amortizada

Políticamente, una futura comparecencia de Rajoy dentro de esta misma legislatura obturaría otra u otras de su mismo partido acerca de la cual los diputados pudieran mostrarse más abiertos

Hace días, el político español más reconocido de nuestra actual democracia, Felipe González, y el líder de un ya importante partido, Albert Rivera, coincidieron en abogar por que Mariano Rajoy no se presente a nueva solicitud de investidura en el Congreso.

Parece acertada la proposición, pero su mejor aval radica en ser la única —a mi modesto entender— admisible, cualquiera que sea la perspectiva desde donde se mire.

Tanto constitucional como lógica y políticamente hay que descartar una nueva propuesta del rey al Congreso con el mismo nombre propio que contenía  la anterior: durante la presente legislatura, esa candidatura está amortizada.

Durante este periodo legislativo no debe ser propuesto a la investidura el actual presidente del Gobierno

Constitucionalmente, nada dijeron al respecto nuestros parlamentarios del 78, ya que en la argumentación utilizada por Herrero de Miñón para rechazar la enmienda de Heribert Barrera contra la competencia regia al respecto se defendió tal capacidad presidencial o regia en regímenes democráticos, pero no se entró en el asunto de las “sucesivas propuestas”  a que se refiere el artículo 99.4 de la Constitución Española.

El derecho comparado poco ofrece al respecto, pero es muy significativa la detracción por parte del Bundenstag de tal facultad a su favor una vez denegada la propuesta presidencial, y tanto Bélgica como Dinamarca restan de la potestad regia la facultad de insistir cuando Cámara y Folketing, respectivamente, retiraron la confianza a un primer ministro.

No se ocuparon mucho nuestros comentaristas constitucionales sobre tan poco previsible tema. Torres del Moral opina a favor de la posibilidad de repetir, Martínez Sospedra lo admite muy condicionadamente, Sánchez Goyanes más bien lo rechaza, quizá otro tanto Alzaga Villaamil cuando habla de “nuevo candidato”…

Pero es muy claro el profesor de Derecho Constitucional y letrado de las Cortes Fernando Santaolalla cuando, en los “Comentarios a la Constitución” coordinados por su colega Garrido Falla,  se expresa así: “Por otra parte, entendemos que, como regla general, no puede presentarse el mismo candidato en las sucesivas propuestas que se hagan. Ya dijimos anteriormente que la votación de confianza afecta directamente al candidato propuesto. Por ello, parece difícil que un candidato que ha sido derrotado en dos sucesivas votaciones pueda ser presentado de nuevo para someterse a la prueba de la confianza parlamentaria”.

 Y es que tal “sucesión” de propuestas se refiere  a personas físicas, la palabra “investidura” así lo corrobora. No a partidos ni a programas: todo eso irá en la mochila discursiva del candidato, pero el candidato es él, no un papel o una abstracción.

Constitucionalmente hay que descartar una nueva propuesta del rey al Congreso con el mismo nombre propio

La confianza la pretende, sí, una persona, y los que han de concederla, denegarla o abstenerse son de la misma condición, personas. Pero con la particularidad de que, en nuestro caso, son las mismas que por dos veces se han pronunciado, con el resultado de que en ambas ocasiones los pronunciamientos en contra han sido más que los en favor.

Y si unos y otros son los mismos, si el candidato nada puede añadir a la ejecutoria que aquí interesa, la de la presente legislatura, porque durante ella el Gobierno y su presidente están en funciones (y hasta el punto de que esa circunstancia les exime de someterse a control), ¿puede considerarse lógico que esa persona vuelva al mismo lugar, con el mismo expediente y a hacer cambiar de parecer a idénticos interlocutores? Políticamente, una futura comparecencia de Rajoy dentro de esta misma legislatura obturaría otra u otras de su misma procedencia partidaria acerca de la cual los ocupantes de los escaños pudieren mostrarse más abiertos a dar el pase absoluto o relativo. Sin mengua, por supuesto, de la libertad, mejor dicho, obligación de sucesivas propuestas regias a favor de otras personas integradas en grupos parlamentarios o ajenas a los mismos.

Todos, menos a aquel de quien Felipe González gráficamente ha dicho que por muchos que sean los votos obtenidos, más han sido los vetos.

Por todo ello y otros muchos argumentos susceptibles de traer aquí, cabe concluir que durante este periodo legislativo no debe ser propuesto a la investidura el actual presidente del Gobierno en funciones.